ANUNCIO DE APROBACIÓN DEFINITIVA
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario provisional del Ayuntamiento de San Juan de la Nava sobre la modificación de la Ordenanza fiscal reguladora de la Tasa por Suministro Municipal de Agua Potable, en lo concerniente a los contadores de agua, cuyo texto íntegro se hace público en cumplimiento del artículo 17.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
Primera: Respecto de la colocación de contadores de agua durante la ejecución de las obras de nueva construcción, se acuerda que se deje un año sin poner contador, computándose el plazo a partir de la fecha de otorgamiento de la Licencia Urbanística y que en el momento en que se efectúe la liquidación correspondiente al Impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras, se devengue el importe de setenta euros (70,00 euros), correspondiente a la tasa por suministro municipal de agua potable durante un año. Transcurrido dicho año, desde la fecha de otorgamiento de la licencia, se les obligará a colocar un contador.
Segunda: Respecto de los contadores averiados, se acuerda que se han de poner nuevos todos esos contadores, otorgando al vecino el plazo de un mes para ejecutarlo y dándole la posibilidad de comprarlo al Ayuntamiento por el importe de dieciocho euros (18,00 euros).
Tercera: Respecto de las casas cuyo contador de agua no puede mirarse, se acuerda que los vecinos han de facilitar el acceso al operario municipal y, en caso de que materialmente no se pueda, han de colocarlos fuera.
Cuarta: En el caso de que el vecino se niegue a poner el contador nuevo o siga impidiéndose su lectura, segundo y tercer apartados precedentes, el Ayuntamiento podrá ejecutarlo de forma subsidiaria repercutiendo al vecino el importe de cien euros (100,00 euros)
La presente modificación de la Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por suministro municipal de agua potable, que fue aprobada por el Pleno de este Ayuntamiento en sesión celebrada el día 14 de Marzo de 2012, entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, permaneciendo en vigor hasta que se acuerde su modificación o su derogación expresa.
Contra el presente Acuerdo, conforme al artículo 19 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se podrá interponer por los interesados recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León con sede en Burgos.
En San Juan de la Nava, a 28 de Mayo de 2012.
El Alcalde, Carlos Díaz Hernández.